Revisado el 30 de septiembre de 2026
Descuento de residente del 75 % en vuelos: quién puede usarlo y cómo
Requisitos de nacionalidad y residencia, trayectos bonificados y cómo acreditar la residencia con el sistema SARA o el certificado de empadronamiento.
Si vives en Canarias, Illes Balears, Ceuta o Melilla, puedes tener derecho a una bonificación del 75 % en el precio de los vuelos regulares entre tu comunidad o ciudad de residencia y el resto de España. Es una subvención del Estado regulada por el Real Decreto 1316/2001 y gestionada por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
Quién puede usarlo
Según el Ministerio de Transportes, tienen derecho al descuento las personas empadronadas en Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla que sean:
- de nacionalidad española, de otro país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza;
- de otros países, si son familiares de ciudadanos de la UE con derecho de residencia o de residencia permanente;
- de otros países, si tienen residencia de larga duración.
El Ministerio detalla también los casos de las personas británicas acogidas al Acuerdo de Retirada, con asilo o protección subsidiaria, y apátridas.
En qué vuelos se aplica
La bonificación se aplica a los vuelos regulares con origen o destino en la comunidad o ciudad autónoma donde resides y el resto del territorio nacional. No se aplica a vuelos internacionales.
Para los residentes en Ceuta, el descuento se aplica al tramo aéreo de un trayecto directo que combine barco y avión cuando el vuelo sale o llega a Málaga, Jerez o Sevilla.
Cómo se acredita la residencia
- Al comprar el billete, la aerolínea o la agencia comprueba tu residencia de forma telemática con el sistema SARA del Ministerio, usando tu documento de identidad.
- Si la validación SARA no es positiva, tendrás que demostrar tu residencia en la facturación o el embarque con un certificado de empadronamiento del ayuntamiento que contenga los datos del anexo I del Real Decreto 1316/2001.
Lleva siempre el documento con el que compraste el billete: DNI o pasaporte si eres de la UE, o la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) que acredite la residencia de larga duración o permanente. Sin la documentación correcta, la aerolínea puede no dejarte usar el billete bonificado.
Esta guía resume la información publicada por el Ministerio de Transportes. Las condiciones pueden cambiar: consulta siempre las fuentes oficiales antes de comprar.